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Como publicar ofertas

Las prácticas académicas externas son una actividad de naturaleza formativa que debe permitir a los estudiantes aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica y así favorecer la adquisición de competencias que los preparen para el ejercicio de actividades profesionales que faciliten su ocupabilidad y fomenten su capacidad innovadora.

Las prácticas académicas externas se formalizan a través de la firma de convenios de cooperación educativa entre el estudiante, la Universidad y la empresa o institución que acoge al estudiante. La gestión administrativa de los convenios de cooperación educativa recaen en los centros docentes.

CÓMO HACER UNA OFERTA

 

Para poder gestionar los convenios, pedimos a les empresas que se registren en nuestro aplicativo.

  • Si vuestra empresa/organización ya participa en Convenios de Cooperación Educativa/Prácticas en Empresa con la EETAC, deberéis acceder a la aplicación introduciendo vuestro usuario y contraseña en el siguiente enlace: https://mitra.upc.es/SIA/PRACT_EMPRESES.INICI
  • Si es la primera vez que participáis en Convenios de Cooperación Educativa/Prácticas en Empresa con la EETAC, deberéis registrar vuestra empresa en el siguiente enlace: https://borsapractiques.eetac.upc.edu/es/ofertes_ltd 

La aplicación gestiona las ofertas, las hace visibles para los estudiantes, envía los currículums de los estudiantes a les empresas y facilita el seguimiento de la actividad, tanto para el tutor de empresa como para el tutor académico del estudiante. También gestiona las renovaciones de convenio.

Cuando el plan formativo es validado por la EETAC, se crea el pdf del convenio y se envía por correo electrónico a la persona de la empresa registrada para firmar digitalmente el documento. La forma habitual de firmar la documentación es con firma electrónica / certificado digital (no vale un escaneado).

IMPORTANTE: Se recuerda que hasta que no esté el convenio firmado por las tres partes, el estudiante no podrá comenzar el periodo de prácticas. En caso de que el estudiante comience antes de tener las copias del convenio firmadas y entregadas, la Escuela no se hace responsable ante las posibles Inspecciones de Trabajo y Seguridad Social.

Si queréis realizar una oferta, la podéis realizar como práctica en empresa normal o enfocada al desarrollo del Trabajo de Fin de Estudios (TFE). En el último caso, deberéis evidenciarlo cuando realicéis la oferta marcando la opción Oferta de proyecto; en este caso, el objetivo del periodo de prácticas en empresa es la realización de las tareas del TFE que concluirán con la defensa del TFE y, por tanto, las tareas recogidas en el convenio deben estar relacionadas con el TFE. Podéis encontrar un resumen de todo el proceso en este documento.

En todo caso se debe tener en cuenta que:

  • La oferta debe ser a jornada parcial (máximo 20 horas/semana) y con horario flexible teniendo en cuenta las clases del estudiante. Durante los periodos de vacaciones o en el caso que el estudiante solo tenga pendiente el TFE, el horario podrá ser de jornada completa (máximo 35 horas/semana)
  • La oferta debe indicar el precio/hora que se pagará al estudiante, según se indica más abajo 
  • Las tareas deberán estar relacionadas con los estudios de ingenieria de telecomunicaciones o aeroespacial, según la titulación del estudiante. Podéis escoger vosotros a cual de las titulaciones queréis hacer llegar la oferta 
  • El número total de horas del convenio irá relacionado con la matrícula de la asignatura correspondiente
    • GRADOS: primer convenio de 360 horas
    • Prácticas para TFE: volumen de horas equivalente al número de créditos (depende de cada titulación: podéis encontrar más info aquí)
    • Otros convenios: máximo 450 horas cada convenio. Si realizáis una renovación, tened en cuenta que hay que actualizar el contenido formativo, añadiendo nuevos retos para el estudiante
  • Según la titulación del estudiante, puede acumular un número total de horas de prácticas máximo (más info aquí

Si queréis dar de baja un convenio, deberéis rellenar el documento Diligencia de Baja.

COMPENSACIÓN ECONÓMICA

 

Las prácticas académicas externas son, con carácter general, remuneradas, en concepto de bolsa de ayuda al estudio.

De acuerdo con el Artículo 16 "Regimen económico" del Acuerdo 30/2015 del Consejo de Gobierno, aprobado el 10 de Febrero de 2015, se recomienda que las empresas paguen como mínimo 8€/hora a los estudiantes de grado y 10€/hora a los estudiantes de máster.

  • La empresa es la responsable de realizar el pago al estudiante.
  • Se debe aplicar una retención sobre la ayuda al estudio que recibe el estudiante, en concepto de IRPF, según determina la normativa fiscal y laboral vigente. Consultad la web de la Agencia Tributaria.
  • En concepto de gastos de gestión, la UPC factura directamente a la empresa el 15,70% (normativa de overhead de convenios de cooperación educativa) sobre el importe total de la bolsa o ayuda al estudio que la empresa satisface al estudiante. Sobre este importe se aplica el IVA correspondiente a la fecha de facturación.
  • Únicamente se aplica IVA sobre el importe que la UPC factura por gastos de gestión, en ningún caso se aplica sobre la bolsa o ayuda al estudio correspondiente a los estudiantes.

RIESGOS LABORALES

 

La empresa se debe hacer cargo de la formación del estudiante para los temas relacionados con los riesgos laborales en sus instalaciones.

Actualmente, la empresa debe rellenar el siguiente documento (de momento, sólo disponible en catalán) y enviárnoslo firmado: declaración de cumplimiento de las medidas preventivas frente al COVID

Para más información o resolución de dudas podéis escribir a 

PREGUNTAS FRECUENTES

 

En compensación por el trabajo realizado por el estudiante, y de acuerdo con las normas de la UPC y de la EETAC, las empresas deberán remunerar como mínimo con 8€/hora a los estudiantes de Grado y con 10€/hora a los estudiantes de Máster.

Se debe aplicar una retención sobre la ayuda al estudio que recibe el estudiante en prácticas, en concepto de IRPF, según determina la normativa fiscal y laboral vigente. Consultad la web de la Agencia Tributaria.

En concepto de gastos de gestión, la UPC factura directamente a la empresa el 15,70% sobre el importe total de la bolsa o ayuda al estudio que la empresa satisface al estudiante. Sobre este importe se aplica el IVA (16%). 

Cuando el estudiante se matricula paga el seguro escolar que prevé la cobertura de las actividades que realice el estudiante como asignaturas fuera de la Escuela. El seguro escolar cubre hasta los 28 años, si el estudiante es mayor de 28 años deberá contratar un seguro privado.

El seguro escolar cubre los espacios físicos incluidos en el plan de trabajo y dentro del horario especificado. Es importante dejar constancia escrita e informar a la Universidad en caso de cualquier modificación/ampliación, también en el caso de desplazamientos a otros lugares.

El número máximo de horas que un estudiante puede realizar durante un curso académico es de 900. El curso académico va del 16 de septiembre hasta el 15 de septiembre del año siguiente.

Sí, se debe volver a rellenar. La empresa especificará nuevamente el plan de trabajo a realizar por el estudiante que debería incluir ciertos cambios respecto al plan de trabajo previo.

Hasta que no estén los papeles firmados y entregados el estudiante no debería ir ya que ningún documento legal le cubre frente a situaciones anómalas( inspecciones de la Seguridad Social, accidentes,...). Además si el convenio está firmado es más fácil reclamar cuestiones que no se hayan previsto, como viajes a otras sedes de la empresa.

Los estudiantes no tienen derecho a vacaciones durante el periodo de prácticas, ya que no se trata de un contrato laboral. Es una relación académica que se firma por horas.

Una vez hayan terminado sus estudios a la UPC ya no podrán seguir beneficiándose del convenio de prácticas ya que es una actividad académica. Cuando el estudiante se titula la relación con las empresas debe pasar a ser laboral, mediante un contrato con sus condiciones de derechos y deberes.

El máximo de horas a la semana en periodo lectivo es de 20 horas/semanales para hacerlo compatible con los estudios, y en periodo no lectivo es de 35 horas. Se considera periodo no lectivo del 1 de junio al 15 de septiembre y el mes de enero.

De acuerdo con el artículo 5 del Real Decreto 1493/2011, la entidad u organismo que financie el programa de formación tendrá la condición de empresario, asumiendo los derechos y obligaciones en materia de Seguridad Social establecidos en el Régimen General de la Seguridad Social. La entidad u organismo deberá solicitar a la Tesoreria de la Seguridad Social un código de cotización específico. Más información en web del Servicio de Gestión Académica.

Las prácticas curriculares son actividades académicas integradas en el plan de estudios, si el alumno solicita que sus prácticas tengan la consideración de curricular (no todas las titulaciones permiten hacer prácticas de esta modalidad) y, además, obtiene la autorización del tutor académico de las prácticas para que sea considerada como tal, el convenio tendrá una bonificación del 100% de la cuota de la Seguridad Social, según se dispone en la disposición adicional 25 del Real Decreto-Ley 8/2014. Las prácticas Extracurriculares no forman parte del plan de estudios, sino que se realizan de forma voluntaria.

La retención mínima debe ser del 2% y se debe ajustar de acuerdo a las tablas publicadas por la AEAT. En el caso de estudiantes extranjeros, la retención está entre el 19 y el 24%, según cuanto tiempo lleven en España.

Debido a la situación actual los trámites se realizan de forma telemática, les recomendamos, tal y como se informa desde otras instancias, la opción de firmar con el programa Adobe Reader. Más información en los puntos 1-5 de la web.